La Tercera Sala Penal Nacional de la Corte Superior ordenó este miércoles la liberación inmediata del expresidente Martín Vizcarra, al declarar infundado el requerimiento fiscal de prisión preventiva en su contra.
El fallo, emitido por los magistrados Enríquez Sumerinde, Magallanes Rodríguez y Javiel Valverde, revoca la Resolución N.° 11 del 13 de agosto de 2025, que había impuesto cinco meses de prisión preventiva al exmandatario. La sala precisó que la medida de excarcelación se aplicará “siempre y cuando no exista otro mandato de prisión preventiva vigente, dictado por autoridad competente”.
La decisión está vinculada a las investigaciones por presunto delito de cohecho pasivo propio en los casos Lomas de Ilo y Hospital Regional de Moquegua, en agravio del Estado.
Durante la audiencia del 29 de agosto, Vizcarra defendió su arraigo familiar y laboral, negando riesgo de fuga u obstrucción de la justicia. “No me voy a fugar, no me voy a asilar, no me voy a autoeliminar. Voy a afrontar siempre la justicia y no voy a traicionar ni a la justicia peruana ni a los millones de peruanos que creen en mí”, afirmó.
El exmandatario insistió en que ha cumplido con las reglas de conducta y que no existen nuevos elementos que justifiquen la prisión preventiva, medida que calificó como desproporcionada.
Vizcarra venía cumpliendo prisión preventiva en el penal de Barbadillo, en Ate, tras un breve traslado al penal Ancón II dispuesto por el INPE, medida que fue revertida por orden del Ministerio de Justicia.